Artículo 13
Los sujetos obligados, sin ser necesario que lo solicite persona alguna, deberán publicar de manera permanente, según la naturaleza de la información, así como actualizarla conforme se requiera, la información fundamental que se enlista a continuación, por medios de fácil acceso y comprensión para los ciudadanos, tales como publicaciones, folletos, estrados, periódicos murales, boletines o cualquier otro medio a su alcance:
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I. Información General
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II. Información General -UPJal-
III. Acta de Transparencia
IV. Carreras Ofertadas
V. Formato de Admisión
VI. Formato de Inscripción